La AMA recurre a la Audiencia Nacional la sentencia absolutoria de Ibai Salas

La Agencia Mundial Antidopaje ha presentado recurso contra la sentencia que resolvió que el exciclista bilbaíno no debía ser sancionado por presuntas irregularidades en su pasaporte biológico.

EFE. Foto: Javier Etxezarreta/EFE

Ibai Salas en una imagen de archivo
Ibai Salas en una imagen de archivo

La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) ha presentado recurso ante la Audiencia Nacional contra la sentencia del juzgado central de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Madrid, que resolvió que el exciclista Ibai Salas no debe ser sancionado por presuntas irregularidades en su pasaporte biológico.

Según pudo confirmar EFE, la AMA ha formalizado este nuevo recurso después de que el mes pasado el citado juzgado rechazara la reclamación del organismo internacional contra la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) a favor de exculpar al deportista.

El caso de Ibai Salas se inició en 2018 cuando la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSD) le impuso una sanción de cuatro años y una multa de 3.001 euros, después de detectar irregularidades en su pasaporte biológico.

Posteriormente el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) anuló el castigo y exoneró al deportista al considerar que el pasaporte biológico no era suficiente para concretar una sanción de dopaje.

Ante este pronunciamiento del TAD, la AMA presentó recurso tanto en la vía deportiva en el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) como en la justicia ordinaria española.

El TAS resolvió sancionar con cuatro años a Ibai Salas al concluir que los valores detectados en su pasaporte biológico, de enero a agosto de 2017, eran altamente anormales e indicaban una alta probabilidad de dopaje en época de competición, sin que el exciclista pudiera probar razones fisiológicas o patológicas que lo justificaran.

Este tribunal ordenó que la sanción entrara en vigor el pasado 4 de agosto y decidió también anular todos los resultado obtenidos desde el 25 de enero de 2017 por Salas, entonces corredor del Burgos BH.

El mes pasado la justicia española se pronunció de forma distinta al TAS y en contra de que haya sanción para el exciclista, ya que el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 7 aseguró que un resultado adverso en el pasaporte biológico "no goza de presunción de veracidad" para ello. La sentencia de este juzgado señaló que la AMA pretende dar al pasaporte biológico un valor de prueba que "vulneraría el derecho fundamental a la presunción de inocencia, que ha de regir en el procedimiento administrativo sancionador" y lesiona el artículo 24 de la Constitución.

 

Ibai Salas

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