Os confieso que me sorprendió la noticia publicada hace algunas semanas en la que el RACE informaba a los diversos medios sobre un estudio elaborado en el que analizaban las causas de siniestralidad ciclista según la opinión de usuarios de las dos ruedas. Ya comenté que, según mi opinión, nada nuevo bajo el sol a la luz de sus conclusiones, porque ya existe un estudio de la Universidad Politécnica de Valencia donde se analiza el 100% de los accidentes con víctimas mortales o heridos en los que están implicados conductores de bicicletas, mediante el procesamiento de los atestados, de modo que se recogen no opiniones o percepciones, sino las verdaderas causas de los accidentes. Este estudio ha sido ninguneado por los actuales rectores de la DGT, desde Anna Ferrer como responsable del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, hasta por el propio Pere Navarro, quien cada vez que se le entrega por enésima vez una copia del estudio, afirma no haberlo tenido nunca a pesar de que siempre se le vuelve a entregar.
Y lo que viene a decir el RACE es muy similar a lo que ya todos sabemos y que ha quedado acreditado por el estudio de la Universidad Politécnica de Valencia: que la mayoría de los accidentes se deben a que no se respeta el famoso metro y medio, y que si hubiera arcenes en condiciones probablemente la siniestralidad bajaría considerablemente. Sin embargo el estudio de Valencia demuestra además que en el más del 80% de los accidentes, el ciclista viajaba en solitario, de modo que el grupo es garantía de protección debido a que obliga a los conductores de vehículos a motor a realizar una maniobra de reducción de velocidad y posterior adelantamiento.
Me sorprendió que un club privado destinado al desarrollo del automóvil como mejor medio de transporte y símbolo de la libertad individual, se preocupara tanto por la seguridad de los ciclistas. Ingenuo de mi, llegué a pensar que se trataba de una evolución de la principal asociación de automovilistas en su concepto de la solidaridad en la carretera... pero me temo que nuevamente he pecado de ingenuo.
Efectivamente, en los faldones de la pantalla de la TV durante la retransmisión de la Vuelta, aparece un anuncio de seguros para ciclistas del RACE por el módico precio de 50 euros al año.
¡Claro! ya decía yo. Se trata de una operación de marketing comercial a raíz de toda la movida con los seguros federativos, pues me consta que nuestra denuncia sostenida a lo largo de los meses ha calado en foros, en federaciones y en usuarios.
Sin embargo, este seguro del RACE más que aportar algo, a mi modo de ver se trata de un producto harto insuficiente, como primer análisis, porque habría que ver la letra pequeña. No posee seguro de accidentes sanitario (médico 24 horas no es nada), ni el subsidio que ofertan por hospitalización equivale a que te paguen el hospital o que tengas derecho a atención sanitaria tras un accidente. Y de la Responsabilidad Civil, me temo, insisto que sin haber leído la letra pequeña, que no debe cubrir accidentes en competición o en marchas federadas Esto me gustaría confirmarlo una vez conozca las condiciones particulares del seguro.
Pues para esto, mejor federarse, porque aunque sean seguros harto insuficientes, al menos ofrecen más por mucho menos precio.
Sugeriría a los del RACE que si desean meterse de lleno en el asunto de seguros de ciclistas, ofrezcan algo mejor, al menos que iguale en precio y coberturas lo que ofrecen las federaciones de ciclismo. O que sus corredores o agentes se estudien cómo están los seguros federativos y se dediquen a ir puerta por puerta ofreciendo un seguro a federaciones que cubran al menos los mínimos obligatorios, porque de lo contrario su oferta estará destinada al fracaso.
¡Señor, cuánta falta de profesionalidad!
Reedición: Permitidme que amplíe algo, a día de 4 de septiembre, el comentario precedente. Al parecer no ha caído muy bien entre personas cercanas al RACE o de entidades con algún convenio suscrito con ellos. Estaría encantado de poder rectificar una vez que conozca en su integridad el contenido de las pólizas, que, por el precio que tienen, sólo valdría que superaran en prestaciones a los mínimos obligatorios del seguro federativo, o incluso de federaciones que no llegan a cubrir dichos mínimos. Me comprometo a elaborar un análisis de la póliza, para lo cual me gustaría que alguien me las hiciera llegar en su integridad. Lo que no voy a hacer es llamar a un teléfono 902 para conseguirlas, no quiero hablar con ningún comercial del RACE. Por el momento juzgo por lo que ofertan en su página Web, que no es muy prometedor.
Y de todas formas se trata de un seguro privado sin obligación legal de cubrir unos mínimos, vaya por delante. Que el mercado juzgue, pero con conocimiento de causa.
Edición 5 de septiembre.
Os facilito el texto de las cláusulas. Nos la ha facilitado nuestra amiga Mercedes.
Ahora pido vuestra valoración... y luego os doy mi análisis.
Le paso la informacion sobre el seguro de cicilsta: Modalidades
· Modalidad única.
MUERTE POR ACCIDENTE 6.000 €
INVALIDEZ PERMANENTE POR ACCIDENTE 6.000 €
INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL POR ACCIDENTE INCLUIDA
INDEMNIZACIÓN DIARIA POR HOSPITALIZACIÓN 18.00 €
CIRUGÍA PLASTICA ESTÉTICA 1.200 €
RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA 150.000 €
Las Garantías cubiertas por la póliza son:
o Fallecimiento por accidente.
o Invalidez permanente como consecuencia de un Accidente.
§ Invalidez Permanente: Situación física irreversible, originada independientemente de la voluntad del asegurado, determinante de la total incapacidad de éste para realizar cualquier profesión, trabajo, ocupación o actividad remunerados o con ánimo de lucro.
o Invalidez Permanente Parcial por accidente.
o Indemnización diaria por hospitalización.
o Cirugía plástica.
o Responsabilidad Civil.
· Exclusiones Generales:
o Las consecuencias de los accidentes ocurridos antes de la entrada en vigor de la póliza, aunque éstas se manifiesten durante la vigencia de la misma así como cualquier tipo de enfermedad o sus consecuencias.
o La participación del asegurado en acciones delictivas, provocaciones, riñas y duelos, carreras o apuestas, salvo que el asegurado, en el caso de riña, hubiese actuado en legítima defensa o en tentativa de salvamento de personas o bienes.
o La provocación intencionada del accidente por el propio asegurado, así como el suicidio o la tentativa de suicidio, y los accidentes ocurridos al asegurado como consecuencia de su estado de inconsciencia o de enajenación mental, originados por cualquier causa, y los causados por imprudencia o negligencia grave del asegurado.
o Accidentes sufridos mientras el asegurado viaje en cualquier tipo de aeronave, excepto cuando realice vuelos como pasajero en líneas comerciales regulares o vuelos chárter debidamente autorizados.
o Los accidentes ocurridos o enfermedades contraídas por efecto del alcohol o cualquier droga, fármaco y/o tratamiento que no le hubiera sido prescrito o administrado por un médico. Se entenderá que el accidente se ha producido como consecuencia del alcohol cuando se detecte una tasa de alcohol en sangre superior a la legalmente permitida en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
o Intervenciones quirúrgicas y tratamientos estimados innecesarios para la curación de lesiones derivadas de un accidente cubierto por esta póliza, así como las lesiones que sean consecuencia de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos no motivados por un accidente cubierto por la póliza.
o Práctica como profesional de cualquier deporte, así como la práctica, aunque no sea profesional, de la escalada en roca, nieve y hielo, boxeo, submarinismo, ascensiones de alta montaña, caza mayor, puenting, rafting e igualmente aquellos riesgo aéreo y ciclismo en carretera.
o Hernias de cualquier tipo o lumbagos, cuando no sean causados por un accidente cubierto por la póliza.
o El infarto me miocardio incluso si fuera dictaminado como accidente de trabajo por la autoridad laboral competente. Los ataques de apoplejía, los accidentes cerebrovasculares y cualquier afección de la arteria coronaria, así como anomalías congénitas o consecuencias de éstas.
o El síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), afecciones relacionadas con el SIDA, infección por el virus VIH o presencia del virus del SIDA.
o Las consecuencias directas o indirectas de una reacción nuclear, radiación o contaminación radiactiva.
o Las consecuencias directas o indirectas de la dispersión, aplicación o descarga de sustancias químicas, biológicas patógenas o venenosas. No obstante, sólo será de aplicación esta exclusión si en el plazo de 90 días a partir de la fecha del suceso, 50 o más personas resultasen muertas o afectadas de serias heridas físicas permanentes e irreversibles.
o Las consecuencias directas o indirectas de insolaciones, congelaciones y otros efectos de la temperatura y/o presión atmosférica, salvo que la exposición a las mismas sea como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza, los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caídas de cuerpos siderales y aerolitos, los acontecimientos que por su magnitud sean calificados por el Gobierno de la Nación como “catástrofe o calamidad natural".
o Las lesiones sufridas por el asegurado como consecuencia directa o indirecta de una guerra, guerra civil, invasión militar, rebelión, sublevación (militar o no) o usurpación o sustitución del Gobierno de una Nación Soberana (o de sus Comunidades o Regiones Autónomas, o Estados Federados), sedición, motín y tumulto popular mediante la utilización de fuerzas militares o paramilitares.
o Las lesiones sufridas por el asegurado a consecuencia directa o indirecta del uso de la fuerza militar, regular o especial, perteneciente a un Estado o a una Nación Soberana para prevenir o evitar cualquier acto Terrorista, reducir sus consecuencias o perseguir a sus autores, dentro o fuera del territorio de la misma.
o Las lesiones sufridas por el asegurado como consecuencia directa o indirecta de cualquier Acto Terrorista así como las consecuencias de las acciones llevadas a cabo para limitar o combatir cualquier acto real o amenaza de acto terrorista.
Capitales
· Fallecimiento:
o Suma asegurada para Fallecimiento por Accidente.
o Capital 6.000€.
· Invalidez Permanente por Accidente de Circulación:
o Suma asegurada para Invalidez Permanente por Accidente.
o Capital 6.000€.
· Incapacidad Permanente Parcial:
o Suma asegurada para Invalidez Permanente Parcial.
o Suma según baremo.
· Indemnización diaria por Hospitalización:
o Suma asegurada de 18.00 € día.
· Cirugía Plastica Estética:
o Suma asegurada de 1.200 €.
· Responsabilidad Civil:
o Suma asegurada de 150.000 €.
Exclusiones
· Personas que se encuentren tramitando cualquier expediente de invalidez o incapacidad ante la Seguridad Social u otros Organismos competentes o en situación de incapacidad temporal derivada de accidente o que se encuentren en situación con una invalidez permanente, cualquiera que sea su grado, ya dictaminada por el organismo competente previamente a la entrada en vigor de la póliza.
· Mayores de 65 años de edad.
· Menores de 14 años de edad.
· Personas ciegas, las que padezcan epilepsia y/o enajenación mental.
Edición del día 8 de septiembre.
He estado viendo en el foro de MTB que una persona ha recibido la comunicación de la central del RACE que hay un error en la redacción del seguro donde se excluye el ciclismo de carretera. Dicen que quedaría así:
Desde la central nos confirman que hubo un error en la redaccion del parrafo siendo el definitivo:
"La practica profesional de cualquier deporte. asi como la practica, en calidad de aficionado de: deportes acuaticos a mas de 3 km., de la orilla a costa; submarinismo a mas de 20 metros; actividades aereas y paracaidismo; automovilismo y motociclismo; escalada, alpinismo de alta montaña y espeleologia; equitacion y polo; boxeo, lucha y artes marciales; patinaje y hockey sobre hielo, y esqui; caza mayor fuera de españa; toreo y encierro de reses bravas; asi como cualquier otro deporte o actividad cuyo riesgo pueda considerarse similar a los citado"
También esta excluido:
"Imprudencia temeraria, negligencia grave y/o participacion del asegurado en apuestas, desafios, riñas o actos delictivos"
Personalmente, tras hablar ayer con un comercial del RACE, me parece que le queda mucho a ese seguro para cubrir los riesgos del ciclista a pesar de la modificación de la que informan, y que espero que hagan llegar a quienes lo haya suscrito y firmado, que luego todos son problemas si no queda constancia.
Todo igual, pero al parecer quieren que se aplique también al ciclista de carretera un seguro bastante corto de coberturas.