La Comisión de Justicia, a la vista del informe emitido por la Ponencia, ha examinado la Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente, elevándolo a la Presidenta de la Cámara para emprender la reforma de la Ley de Seguridad Vial.
Aunque no se ha conseguido que se endurezcan las penas por homicidio cuando el conductor circula bajo los efectos del alcohol o las drogas, manteniéndose en los cuatro años cuando hay una única víctima, en lugar de los seis que pedía el colectivo ciclista, sí se la logrado endurecer las penas por abandono del lugar del accidente.
Nuestro colaborador, el abogado Alfonso Triviño, nos ha facilitado el documento íntegro que te puedes descargar a continuación: