Lo que nos jugamos en #PorUnaLeyJusta

A día de hoy sigue en tramitación en el Congreso la reforma del Código Penal impulsada por #PorUnaLeyJusta, pero las perspectivas aún son inciertas.

Alfonso Triviño.

Lo que nos jugamos en #PorUnaLeyJusta
Lo que nos jugamos en #PorUnaLeyJusta

La despenalización de las faltas de imprudencia supone impunidad para el 90% de los accidentes en los que, no olvidemos, alguien comete una infracción a una norma de tráfico y causa heridos o fallecidos (sí, hoy sale gratis salvo que vayas borracho, drogado o con manifiesta temeridad). Y en el Código Penal, para disimular tanta pérdida de derechos de las víctimas, aparece una nueva figura denominada "imprudencia menos grave" como nuevo delito leve que apareja una mínima multa para quien cause fallecidos o grandes lesionados (paraplejias, tetraplejias o mutilaciones) si se comete este tipo de "imprudencia menos grave".

La situación tras un año y medio de despenalización es la siguiente:

La Fiscalía avisa en su Memoria Anual que en materia de Seguridad Vial se ha producido un retroceso con la reforma que supuso la despenalización de la faltas por imprudencia leve en materia de tráfico, destacando expresamente (pág. 569): “Son prácticamente inexistentes las incoaciones directas de procedimientos por delitos leves de imprudencia menos grave, con el riesgo que supone de devaluación de la respuesta penal frente a los siniestros viales y protección de las víctimas, en un mal entendido alcance de la reforma, llegando al punto de que en algunas provincias no se ha llegado a celebrar juicio alguno por delito leve en materia de imprudencia menos grave en el ámbito de la siniestralidad vial”.

Pero eso no es lo único:

Informa la Web especializada "peritosdeaccidentes.com" que la despenalización de faltas ha supuesto -según las estadísticas de la web del Poder Judicial  -una disminución del trabajo de los juzgados de instrucción cercano al 50%, observando las estadísticas de los últimos 3 años.

En primer lugar vemos las estadísticas del año 2014 que nos sirve de base para determinar la situación anterior a la despenalización, donde los juzgados de instrucción tenían en total seis millones de denuncias al año, de las que una gran parte eran por FALTA DE IMPRUDENCIA SIMPLE CON RESULTADO DE LESIONES del art. 621 CP, o sea, accidentes de tráfico en su inmensa mayoría.

En el año 2015, cuando entró la despenalización en vigor (a partir de septiembre) se permitió presentar denuncias durante 3/4 partes del año, lo que supuso una disminución de 375.000 denuncias de las cuales muchas eran de tráfico.

En cambio en el año 2016, ya con la entrada en vigor de la despenalización cumplida, es cuando vemos los efectos reales de esta. La carga de los juzgados de instrucción se redujo prácticamente un 50% hasta llegar a los 3 millones.

La reducción ha sido de 2.800.000 procedimientos, que es casi un 50% de los seis millones que había antes de la despenalización.

Se decía que todas estas denuncias iban a colapsar los juzgados de lo civil, que es donde irían a parar las reclamaciones por tráfico al retirarse de los juzgados penales. Pero ¿han ido estos casi 3 millones de reclamaciones a parar en lo civil realmente?

Para responder a esta pregunta estudiamos las estadísticas de JUICIOS CIVILES, a ver si esta disminución de 2.807.092 procedimientos penales de juicio de faltas había acabado - tal como se predijo inicialmente- en la jurisdicción civil.

Pues al acceder a las estadísticas del Consejo General del poder judicial, vemos que estas reclamaciones NO HAN ACABADO EN LO CIVIL ya que el número de demandas civiles apenas ha sufrido variación del 1,2%, Veámoslo en detalle.

  • año 2014 --->   1.845.173 demandas
  • año 2015 --->   1.972.116 demandas (incremento de 130.00o = 7%)
  • año 2016 --->   1.868.228 demandas ( 1,2% respecto a 2014)

Por tanto el éxito de las aseguradoras es rotundo ya que se no existe posibilidad de instar gran parte de esas reclamaciones que antes estaban por lo penal y que, a fecha de hoy, no se han trasladado a lo civil por los enormes riesgos de que la víctima sea condenada al pago de las costas del juicio. La consecuencia directa es que los accidentados han dejado de reclamar esas cantidades vistas las dificultades establecidas en las nuevas leyes.

El importe no reclamado de estos accidentados ha acabado en las arcas de las aseguradoras (en la cuenta de beneficios), lo que les permitió obtener beneficios extra en sus balances de fin de año 2016.

Axa ganó 122 millones, un 28,4% más en el 2016 (Cinco Días)

MAPFRE en el año 2016 ganó unos beneficios del 41% (775 millones de euros)

Desgraciadamente el sector asegurador, con las últimas reformas ha conseguido lo que viene persiguiendo desde el primer baremo del año 1995, que es llenar de trabas y dificultades a las víctimas no solo para conseguir una indemnización justa y acorde económica al daño sufrido (principio de reparación íntegra).

La cosa se agrava con los reiterados incumplimientos de las aseguradoras con el procedimiento de oferta motivada del art. 7 la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, que tan solo favorece al sector asegurador, pues la victima tiene que cumplir toda una serie de requisitos para que le hagan un ofrecimiento amistoso, pero las aseguradoras no cumplen su parte de dicho precepto, trasladando unas irrisorias ofertas indemnizatorias para obligar a las víctimas a asumir unos costes de inicio de procedimiento ante la Jurisdicción Civil que muchas familias no pueden asumir, empujando a aceptar estas mínimas ofertas y consiguiendo un alto índice de abandono que es lo que se traduce en esta evidente disminución de reclamaciones ante los tribunales que reflejan las estadísticas.

Estas nuevas leyes han servido única y exclusivamente para dificultar las reclamaciones por accidente de tráfico, alargándolas en el tiempo y haciendo desistir a muchos accidentados de recibir una indemnización justa por sus dolencias.

Las aseguradoras han tomado una situación de ventaja con el blindaje de las nuevas leyes les permiten evitar indemnizar a una gran parte de esos dos millones de reclamaciones que se han desaparecido por el camino, pasando estos millones de euros a su cuenta de beneficios directamente.

A día de hoy sigue en tramitación en el Congreso la reforma del Código Penal impulsada por #PorUnaLeyJusta, pero las perspectivas son inciertas ante el bloqueo del Grupo Parlamentario Popular a introducir la imprudencia leve como supuesto penal, además de que las penas que proponen para la fuga son irrisorias. Alegan que cualquiera se puede equivocar y que no hay que criminalizar a quien tiene un descuido momentáneo.  Pero esa no es la cuestión. La despenalización de la imprudencia leve afecta no solo a accidentes de tráfico, sino a quien siendo imprudente lesiona o mata a alguien (accidentes de caza, objetos que caen de las terrazas a personas que están mal sujetos, mal uso de petardos o cohetes en las fiestas con amputaciones a terceros...) Su argumento es que no se puede dejar con antecedentes penales a alguien que tan solo se descuida, pero su argumento es falso porque si se considerara la imprudencia leve como delito leve estaríamos hablando en el peor de los casos de una MULTA de tres meses, nunca prisión, y unos antecedentes penales de SEIS MESES. Y para la víctima poder acceder a la protección del Estado. ¿Qué menos para quien comete una infracción a una norma de tráfico que causa daño a personas?

El Partido Popular y su Gobierno con la despenalización hicieron el caldo gordo a las aseguradoras, que junto con la ley del baremo de 2016 ha logrado que las víctimas sean pisoteadas en sus derechos. Alguno de los padres de estas reformas legales y responsables de las mismas están siendo investigados por corrupción. Los Tribunales dirán, pero sus leyes han sido planeadas por quienes tiene el poder económico que, engañando a las víctimas con cantos de sirenas en forma de sillas en comisiones y en suculentas subvenciones para sus asociaciones, han consentido con estas reformas. Sólo Anna González impulsando  #PorUnaLey Justa ha estado a la altura de las circunstancias. Ella puede, cuando recuerde a su marido, presentarle su trabajo y empeño con plena conciencia de haber luchado porque no vuelva a pasar nadie por su situación. ¿Alguien ha pensado cómo se sentirán los padres de la niña atropellada en Fuente el Saz por un incalificable ser que se da a la fuga dejándola en la cuneta y que falleció siendo descubierta dos horas después, y luego detenido en un avión a punto de salir para Argentina? ¿Sabrán que hay alguien que se ha dejado el alma para que ese señor tenga una justa condena? ¿Sabéis que con la actual ley si la chica hubiera fallecido en el acto saldrá impune el causante del atropello? ¿Tendrán conciencia los que dirigen las asociaciones de víctimas que gracias a su silencio y cálculos de interés las aseguradoras aplastan los derechos de las víctimas?

Pido a los ponentes de la reforma del Código Penal que olviden sus diferencias partidistas y subsanen tanta injusticia, y que se pongan de acuerdo en aprobar un texto de enmiendas que se les ha propuesto además para que no tengan que romperse demasiado la cabeza, y si el Grupo Parlamentario Popular sigue en sus trece de bloquear que vuelva al  Código Penal la imprudencia leve, entre el resto de Grupos saquen la mayoría absoluta para acabar con esta injusticia, y lo hagan rápido, que todos podemos ser víctimas en cualquier momento.

Eso nos jugamos en este envite, que Sus Señorías defiendan al débil frente al poderoso.