¿Quiere la UCI prohibir el piñón de 10 dientes?

El conflicto entre la Unión Ciclista Internacional y SRAM por la limitación de desarrollos en las competiciones de carretera continúa y ha evolucionado en los últimos meses desde una cuestión técnica o deportiva hasta un caso de alcance jurídico europeo, con una última vista celebrada el 15 de abril de 2026.

SRAM en defensa legal para salvaguardar sus casetes y desarrollos.
SRAM en defensa legal para salvaguardar sus casetes y desarrollos.

El origen de la controversia se sitúa a comienzos de 2025, cuando la UCI (Unión Ciclista Internacional), en colaboración con el organismo de seguridad SafeR, valoró sendas medidas para reducir la velocidad de las competiciones a fin de mejorar la seguridad de los ciclistas. Tras realizar una encuesta voluntaria a ciclistas y equipos, la propuesta más polémica supuso establecer un límite máximo de desarrollo, fijándolo en un equivalente a 54x11 ó 10,46 metros con un ruedas de 28x700 mm, y que entraría en vigor en fase de prueba el 1 de agosto coincidiendo con el Tour de Guangxi (disputado en octubre de 2025).

Esta medida generó una clara oposición por parte de varios equipos profesionales y de SRAM, que desde 2019 provee todas sus transmisiones con casetes de 10 dientes, siendo un aspecto diferencial y comercial. El fabricante estadounidense argumentó que la norma afectaba directamente a sus productos, obligando a modificar configuraciones y situando a sus equipos oficiales en desventaja competitiva.

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Numerosos equipos profesionales, entre ellos el Movistar Team, podrían verse afectados por la propuesta de UCI.

El 12 de septiembre de 2025, SRAM presentó una denuncia ante la Autoridad Belga de Competencia, entidad que abrió una investigación y, pocos días después, recibió una solicitud de medidas cautelares. Tras un procedimiento acelerado, el 9 de octubre, este organismo dictó la suspensión inmediata de la restricción, argumentando tres razones; la falta de transparencia en el proceso, ausencia de fundamentos objetivos que justificasen esta limitación, y el posible carácter discriminatorio de la medida, al afectar de forma específica a determinados productos. La Autoridad Belga de Competencia también consideró que, pese a su carácter experimental, el protocolo tenía efectos vinculantes y podía provocar daños inmediatos en el mercado.

Por su parte, la UCI ha defendido que su protocolo de acción forma parte de una fase de pruebas orientada a mejorar la seguridad, debido al aumento de la velocidad en competición y la gravedad de los accidentes asociados, y sostiene que no se ha adoptado ninguna regulación definitiva y que el objetivo es recopilar datos antes de tomar decisiones a largo plazo.

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Todos los grupos SRAM de categoría superior recurren a un piñón pequeño de 10 dientes.

El caso ha trascendido lo estrictamente deportivo y se ha vinculado a un debate más amplio sobre la gobernanza en el deporte profesional y la aplicación del derecho de la competencia a las federaciones internacionales. En este sentido, se enmarca en una línea reciente de resoluciones europeas que examinan cómo se adoptan las normas en el deporte, más allá de su contenido. Tras la decisión cautelar, la UCI presentó un recurso ante el Tribunal de Mercados de Bruselas, cuya vista se celebró el 15 de abril, sin resolución inmediata, y cuyo fallo se prevé para el 20 de mayo.

“Hemos solicitado al Tribunal de Mercados de Bruselas que confirme la decisión de la Autoridad Belga de Competencia de suspender el protocolo de la UCI que limita la relación máxima de la transmisión. Creemos que acertó desde el principio y estamos de acuerdo con su conclusión de que el proceso de elaboración de esta norma no es transparente, objetiva y discriminatoria”, se pronuncia Ken Lousberg, director ejecutivo de SRAM, y continúa; “la seguridad de los ciclistas es muy importante para nosotros; fabricamos componentes que los mejores ciclistas del mundo ponen al límite. Nuestra voluntad es sencilla y no ha cambiado, que la industria del ciclismo, representada por la Federación Mundial de la Industria de Artículos Deportivos, tenga un lugar en la mesa junto a los ciclistas, equipos y organizadores de pruebas. Nuestro deporte merece este nivel de profesionalidad y colaboración. SRAM desea trabajar con la UCI para construir un futuro mejor para el deporte que amamos”, concluye Lousberg.

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La restricción supondría un varapalo para la estrategia comercial de SRAM. 

El desenlace determinará si se mantiene la suspensión del protocolo mientras continúa el procedimiento principal o si se revoca la medida cautelar. En cualquier caso, el proceso seguirá su curso y podría sentar un precedente relevante sobre los límites regulatorios de las federaciones deportivas internacionales. Mientras tanto, continúa el debate sobre qué medidas de seguridad son las oportunas para mejorar la seguridad de los ciclistas.

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